jueves, 25 de mayo de 2017

Controlan estacionamiento prolongado.



“Hay dos Artículos de la Ordenanza Municipal N°155/94 que es el Código de Tránsito Municipal la que prohíbe el estacionamiento y/o abandonos de vehículos en la vía publica ya sea veredas o calles, exhibido para la venta o permutas.
Teníamos dos casos emblemáticos dentro de la ciudad, que se le habían hechos intimaciones y en la última se realizó un trabajo en conjunto con personal de la comisaria, servicios públicos, juzgado de faltas municipal, nosotros les dimos setenta y dos horas de plazo para el retiro de los vehículos, si bien la Ordenanza solo da un plazo de veinticuatro horas, por la cantidad de automotores que tenían es que decidimos darles setenta y dos horas de plazo.
Cumplido con el plazo, regresamos para constatar y observamos que los vehículos ya habían sido retirados, nosotros vamos a seguir con las intimaciones a los propietarios de automóviles que se encuentren en la misma situación”. –Sr. Marcelo Maldonado, Dirección de Tránsito Municipal-.-



Y van...

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